martes, 26 de mayo de 2020

El vicio de falsa aplicación (infracción de ley).

  1. El vicio de falsa aplicación (infracción de ley).

Recurso de Casación

Partes: Grechem Sania Martínez Fajardo contra Diageo Venezuela, C.A. y otra.

         Sentencia: N° 403 del 9/04/2014

        Ponente: Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez.

Esta Sala ha establecido reiteradamente que la falsa aplicación de la ley constituye un error sobre la relación que tiene lugar entre el caso particular concreto y la norma jurídica, por lo tanto, se materializa en aquéllos supuestos en los que el juez yerra al establecer la relación de semejanza o de diferencia que existe entre el caso particular concreto jurídicamente cualificado y el hecho específico hipotetizado por la norma. Por lo tanto, para que pueda establecerse una situación de falsa aplicación de la ley, debe necesariamente haberse aplicado una norma jurídica, sólo que la situación fáctica en concreto establecida, no se relaciona con el supuesto de hecho regulado por dicho precepto legal. 

De manera tal que, el vicio de falsa aplicación se ha entendido como: “(…) una violación que consiste en una incorrecta elección de la norma jurídica aplicable, lo cual se traduce normalmente en una preterición y omisión de la norma jurídica que debió ser aplicada”. (Vid. sentencia N° 1.025 de fecha 24 de septiembre de 2010, caso: Carlos Alberto Henríquez Salazar contra PDVSA Petróleo S.A. y Petróleos de Venezuela S.A. (P.D.V.S.A.) y sentencia N° 911 de fecha 22 de octubre de 2013, caso: Paúl Carrasquel Echegaray contra Color Químicas S.A., ambas de la Sala de Casación Social).

 


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