- El vicio de falsa aplicación (infracción de ley).
Recurso
de Casación
Partes:
Grechem Sania Martínez
Fajardo contra Diageo Venezuela, C.A. y otra.
Sentencia: N° 403 del 9/04/2014
Ponente: Luis Eduardo Franceschi
Gutiérrez.
Esta Sala ha establecido
reiteradamente que la falsa aplicación de la ley
constituye un error sobre la relación que tiene lugar entre el caso particular
concreto y la norma jurídica, por lo tanto, se materializa en aquéllos
supuestos en los que el juez yerra al establecer la relación de semejanza o de
diferencia que existe entre el caso particular concreto jurídicamente
cualificado y el hecho específico hipotetizado por la norma. Por lo tanto, para
que pueda establecerse una situación de falsa aplicación de la ley, debe
necesariamente haberse aplicado una norma jurídica, sólo que la situación
fáctica en concreto establecida, no se relaciona con el supuesto de hecho
regulado por dicho precepto legal.
De manera tal que, el vicio de falsa aplicación se ha entendido como: “(…)
una violación que consiste en una incorrecta elección de la norma jurídica
aplicable, lo cual se traduce normalmente en una preterición y omisión de la
norma jurídica que debió ser aplicada”. (Vid. sentencia N° 1.025 de
fecha 24 de septiembre de 2010, caso: Carlos Alberto Henríquez Salazar
contra PDVSA Petróleo S.A. y Petróleos de Venezuela S.A. (P.D.V.S.A.)
y sentencia N° 911 de fecha 22 de octubre de 2013, caso: Paúl Carrasquel
Echegaray contra Color Químicas S.A., ambas de la Sala de Casación
Social).
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