martes, 26 de mayo de 2020

Improcedencia del recurso de casación (vía consecuencia la improcedencia del recurso de hecho) de las sentencias que confirmen decisiones sobre medidas cautelares en el proceso laboral y la posibilidad de impugnarlas a través del control de la legalidad.

1.    Improcedencia del recurso de casación (vía consecuencia la improcedencia del recurso de hecho) de las sentencias que confirmen decisiones sobre medidas cautelares en el proceso laboral y la posibilidad de impugnarlas a través del control de la legalidad.

 

Recurso de Hecho

     Partes: Carlos Jesús Villalba contra La Recta Final Sportsbooks R.F.S. y otro.

    Sentencia: N° 014 del 20/01/2014

    Ponente: Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez.

Con el propósito de resolver el recurso de hecho ejercido, se observa que el mismo tiene por objeto el auto dictado en fecha 1° de abril de 2013, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que negó la admisión del recurso de casación anunciado por los demandantes, al tratarse de una decisión que por su naturaleza ha sido expresamente excluida por la ley para ser impugnada a través del recurso extraordinario de casación, ello con fundamento en lo preceptuado en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece: 

A petición de parte, podrá el juez de sustanciación, mediación y ejecución acordar las medidas cautelares que considere pertinentes a fin de evitar que se haga ilusoria la pretensión, siempre que a su juicio exista presunción grave del derecho que se reclama. Contra dicha decisión se admitirá recurso de apelación a un solo efecto, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, contados a partir del acto que se impugna, la misma será decidida en forma oral e inmediata y previa audiencia de parte, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes por el Tribunal Superior del Trabajo, sin admitirse recurso de casación contra dicho fallo. (Subrayado de la Sala) 

Como se observa, el citado artículo de la ley adjetiva laboral prevé que, contra la decisión que acuerde medidas cautelares, se admitirá recurso de apelación en un solo efecto, sin admitirse recurso de casación contra el fallo que decida la apelación.

 Al respecto, es menester destacar que, cuando la Ley excluye la posibilidad de que este tipo de decisiones sean objeto del recurso de casación, tal circunstancia, en el ámbito del Derecho Procesal del Trabajo, permite el ejercicio del control de la legalidad contra las mismas. 

En consecuencia, visto que la decisión recurrida era susceptible de impugnación a través del recurso de control de la legalidad, se concluye que el recurso de casación ejercido resulta inadmisible, y por ende, el recurso de hecho interpuesto debe ser declarado sin lugar. Así se decide.

 


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